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Blog de Lorenitaaa!!!
14 mars 2007

Oleicultura

86ª Sesión del Consejo Oleícola Internacional

Madrid (España), 3 – 7 de junio

INFORME SUMARIO DE LOS PRINCIPALES TEMAS TRATADOS Y DE LAS DECISIONES SOLICITADAS POR EL CONSEJO

En el transcurso de la 86ª sesión se encontraban presentes:

-         Como miembros: Argelia, Chipre, Comunidad Europea, Croacia, Egipto, Israel, Marruecos, Mónaco, Eslovenia, Siria, Túnez y Yugoslavia.

-         Como oyentes: Autoridad Nacional de Palestina, Estados Unidos, Irán, Jordania, Asociación Australiana del Aceite de Oliva (AOOA), Asociación Australiana del Olivar (AOA), Asociación Norteamericana del Aceite de Oliva (NAOOA), Asociación Tunecina de Ciudades Productoras del Aceite de Oliva, Corporazione dei Mastri Oleari, Federación Euromediterránea de municipios oleícolas (FEMO), Federación de

la Industria

del Aceite de Oliva de

la Unión Europea

(FEDOLIVE), Sociedad Helénica del Aceite de Oliva (Filaios), Unión de las cooperativas agrícolas de venta de aceite de oliva y de las olivas (Taris,Turquía) y

la Organización Internacional

del Trabajo (O.I.T.).

El Sr. Sid Ahmed Ferroukhi (Algeria), vicepresidente del Consejo para

la Campaña Oleícola

2001/2002, presidió los debates en calidad de Presidente en Funciones del Consejo en ausencia del Presidente en ejercicio, el Sr. Joseph Jabbour (Líbano).

  1. CUESTIONES GENERALES

-         Admisión de oyentes

No se ha presentado ninguna petición de admisión a este respecto al Consejo desde la última sesión.

-         Acuerdo internacional de 1986 sobre el aceite de oliva y las aceitunas de mesa parecido y reconducido en 1993 y prorrogado en último lugar en 2000

o       Estado de las ratificaciones, las aceptaciones, las aprobaciones, las notificaciones de aplicación provisional y adhesiones

-         Situación jurídica de Yugoslavia :el Director ejecutivo informó el Consejo respecto de la situación jurídica internacional de Yugoslavia , en respuesta a una notificación del depositario del 13 de febrero de 2002 y en respuesta a una renuncia de la susodicha República que certifica la continuidad de la personalidad jurídica de la antigua Yugoslavia.

Su admisión como miembro en el seno de

la Organización

de las Naciones Unidas (noviembre de 2000) y su intención de suceder a varios tratados multilaterales, entre los que el Acuerdo internacional sobre el aceite de oliva y las aceitunas de mesa, implican una serie de gestiones jurídicas necesarias que

la República

Federal

de Yugoslavia se comprometió a cumplir en los plazos más breves con vistas a regularizar su situación, incluido el Consejo Oleícola Internacional.

-         Adhesiones: el Director ejecutivo dio parte al Consejo sobre la petición de adhesión el Acuerdo de Jamahiriya árabe libio popular y socialista de Jordania, país para el cual el Consejo fijó el plazo para el depósito de sus respectivas herramientas de adhesión el 31 de diciembre de 2002 así como las condiciones técnicas, a saber:

- Jamahiriya árabe libio popular y socialista:

· Cuotas de participación en el presupuesto administrativo: 33

 

- Jordania:

· Cuotas de participación en el presupuesto administrativo: 7

· Cuotas de participación en el presupuesto de promoción: 5 

Además informó de los resultados de sus contactos corrientes con los países que habían manifestado su interés con respecto al Acuerdo internacional, particularmente Argentina, Australia, Bosnia Herzegovina, Chile, China, Irán, Nueva Zelanda y Tailandia.

El representante de Jordania agradeció al Consejo su aceptación y dio a ésta ocasión ha proporcionado un breve esquema de la situación del sector oleícola de su país.

-         Prórroga del Acuerdo Internacional de 1986 sobre el aceite de oliva y las aceitunas de mesa

El Consejo decidió en principio la prórroga del Acuerdo internacional, que vence el 31 de diciembre de 2002, por un período de dos años a partir del 1 de enero de 2003.

Varios miembros dieron a conocer por escrito (Túnez, Egipto) o verbalmente con ocasión de la sesión plenaria (Israel, Marruecos, Argelia, Siria, Chipre) que aceptaban esta prórroga.

El Director ejecutivo les invitó a confirmar esta aceptación por escrito con los menores retrasos posibles. Por su parte, el representante de

la CE

indicó que el procedimiento requerido para este fin se vería comprometido en los plazos más breves y que volvía al Consejo de ministros para decidirlo en un tiempo estimado. Los representantes de Argelia, de Marruecos y de Siria emitieron el deseo de que esta prórroga se aproveche para proceder a una evaluación del Acuerdo internacional, con vistas a su adaptación eventual a los cambios que se producen en el sector oleícola mundial y a las perspectivas de ampliación previsible de los miembros de la organización.

-         Informe de actividades del año 2001.

El Comité examinó el documento INF / RA-2001 / Doc. N 1 del 20 de abril de 2002, constituyendo el informe sobre las actividades de la organización del año 2001 conforme a las disposiciones del artículo 7, párrafo 7 del Acuerdo.

-         Informe de la “estrategia sobre la calidad del aceite de oliva”

El Comité constituido ad hoc con la función de examinar este informe sólo se ha podido reunir una vez el 1 de febrero con motivo de restricciones presupuestarias. Por lo tanto, se prorrogó el debate sobre esta cuestión ya que no pudo ser llevado a cabo antes del 86ª sesión y la próxima fecha antes de la próxima sesión de noviembre de 2002. El representante de

la CE

recordó la gran importancia de esta cuestión y la imperiosa necesidad de recuperar el retraso registrado, habida cuenta de los imperativos del calendario internacional y, en particular, la fecha fijada de la próxima reunión del Codex Alimentarius en febrero de 2003.

• Reunión de los jefes de delegación de los miembros del 5 de junio de 2002

El Consejo se reunió con los jefes de delegación el miércoles 5 de junio de 2002 por la tarde para el examen de las cuestiones que figuran en el orden del día de la reunión:

- la solicitud de

la Comunidad Europea

de realizar una auditoría sobre la actividad y las cuentas del COI

- la coordinación externa de las actividades de promoción.

Respecto al primer punto y a raíz de la exposición del Director ejecutivo sobre el que tenía resultados sobre esta cuestión, el representante de

la CE

explicó que esta demanda no se debía a razones particulares sino que obedecía a nuevas medidas del Control Financiero instauradas dentro de

la Comisión

para una mayor transparencia de la gestión de los fondos comunitarios. El Consejo conviene:

- que la auditoría se realizaría en el marco del Acuerdo internacional y en el Consejo por un grupo reducido de expertos designados por los miembros;

- que en materia de procedimiento, el Consejo debería determinar el mandato, los términos de referencia y el límite de la auditoría, con motivo de una segunda reunión de los jefes de delegación o sus representantes designados, en la mañana del viernes 7 de junio de 2002;

- que este marco de referencia se comunicaría por escrito al conjunto de los miembros para solicitar su acuerdo, de acuerdo con los términos del apartado 1 del artículo 11 y 2, del Acuerdo internacional.

Por fin, el Consejo se puso de acuerdo sobre la necesidad de que esta auditoría se llevara a cabo cuanto antes y que no afectara al desarrollo normal de las actividades del Secretariado ejecutivo.

Se procede al segundo punto del orden del día, el Director ejecutivo indicó que se había inscrito sin tener en cuenta la última evolución inherente a la carta de

la Comunidad Europea

del 29 de mayo de 2002, anulando el concurso internacional lanzado en julio de 2001 para la selección de las agencias encargadas de trabajar para el Consejo durante las tres próximas campañas de promoción. Esta cuestión se examinará pues posteriormente en el marco general del desbloqueo de las actividades promocionales, o por el mantenimiento del puesto, o por el refuerzo interno del personal de

la División

de promoción, con las consecuencias financieras que eso supone sobre el presupuesto administrativo de la organización.

Recordó el bloqueo de las actividades de promoción para la campaña 2002/03, debido a la suspensión del pago de las subvenciones voluntarias de

la Comunidad Europea

, y de la anulación del concurso internacional mencionado arriba.

  En respuesta, el jefe de la delegación comunitario indicó que el pago de la subvención voluntaria para 2002/03 no se sometía a la realización de la auditoría del presupuesto administrativo sino al cierre de las cuentas de la campaña 2000/01, objeto de las precisiones pedidas en la carta del 29 de mayo de 2002.

En conclusión, el Consejo conviene:

- que el Secretariado ejecutivo responda cuanto antes a las precisiones solicitadas por los servicios competentes de

la Comisión Europea

; - que el encuentro pueda tener lugar cuanto antes entre el Secretariado ejecutivo y dichos servicios, para aportar todo complemento de información útil y necesaria para el levantamiento de todas las dificultades que suponen un obstáculo a la reanudación inmediata de las actividades del COI.

Destacando la gran importancia de las actividades de promoción y las contribuciones voluntarias de

la Comunidad Europea

como motor de estas actividades para un mejor desarrollo de la oleicultura mundial y comunitaria en particular, el Consejo fue dirigido a las autoridades comunitarias competentes a través de su representante para pedirles que todas las disposiciones convenientes se tomaran para el desbloqueo de la situación y la reanudación con toda normalidad de las actividades del COI.

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